La justicia admitió para trámite la acción de tutela presentada por Génesis Vélez Muñoz contra la concejal de Medellín Claudia Carrasquilla, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la honra, el buen nombre, la intimidad, el debido proceso, la presunción de inocencia y la participación política.
La tutela fue interpuesta tras la difusión de un video publicado el 11 de junio de 2026, en el que se expusieron datos personales de Génesis Vélez, integrante de la Unidad de Trabajo Legislativo de la Senadora Isabel Zuleta, y se le vinculó públicamente con presuntos delitos electorales sin que exista ni prueba alguna y menos decisión judicial que sustente tales señalamientos.
La admisión de esta acción constitucional evidencia la gravedad de los hechos denunciados y la necesidad de que un juez de la República determine si se vulneraron derechos fundamentales mediante la divulgación de información personal y la realización de acusaciones públicas sin las garantías propias del debido proceso, mucho más cuando lo hace una concejal de la segunda ciudad más importante de Colombia lo que demuestra su abuso de posición dominante en contra de una empleada.
A través de esta tutela se solicita la protección de los derechos fundamentales de Génesis Vélez Muñoz, el retiro inmediato de las publicaciones cuestionadas, la eliminación de los datos personales difundidos, una rectificación pública por parte de la concejal Carrasquilla, la adopción de medidas para evitar nuevas vulneraciones y el traslado del caso a las autoridades competentes para las investigaciones correspondientes.
Ninguna persona puede ser sometida a juicios mediáticos, estigmatización o señalamientos públicos que la presenten como responsable de un delito sin que exista una decisión de autoridad competente. La protección de la honra, el buen nombre y la presunción de inocencia constituye un principio fundamental del Estado Social de Derecho.
Confiamos en que el trámite judicial permitirá esclarecer los hechos, proteger las garantías constitucionales y reafirmar que el debate político no puede convertirse en un mecanismo para difundir información personal ni para atribuir conductas delictivas sin sustento probatorio o judicial.

